Marco legal
Ley 13/2015— Ley de Reforma de la Ley Hipotecaria y del Texto Refundido del Catastro Inmobiliario
Ley española del 24 de junio de 2015 que estableció el sistema de coordinación gráfica entre Catastro y Registro de la Propiedad. Es el marco legal de IVG, IVGA y RGA.
La Ley 13/2015 de 24 de junio modificó la Ley Hipotecaria y el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario para establecer un sistema de coordinación gráfica entre el Catastro Inmobiliario y el Registro de la Propiedad en España. Entró en vigor el 1 de noviembre de 2015.
Qué cambió
Antes de la Ley 13/2015, el Catastro y el Registro de la Propiedad mantenían bases gráficas independientes:
- El Catastro tenía la cartografía oficial georreferenciada.
- El Registro tenía descripciones literales (a veces con planos en papel) sin coordenadas oficiales.
- Los dos no se comunicaban automáticamente, generando discrepancias entre superficie catastral y registral en miles de fincas.
La Ley 13/2015 introdujo tres conceptos clave:
- Coordinación: el Catastro y el Registro intercambian información gráfica georreferenciada de forma sistemática.
- Inscripción de la representación gráfica georreferenciada: el Registro incorpora a cada finca una geometría oficial.
- Presunción de exactitud: los datos de delimitación, ubicación y superficie de una finca coordinada se presumen ciertos a todos los efectos legales.
Procedimientos técnicos derivados
Para que la coordinación funcione técnicamente, la ley se apoya en tres herramientas:
- IVG — Informe de Validación Gráfica: confirma que tu geometría coincide con la cartografía catastral.
- IVGA — Informe de Validación Gráfica Alternativa: valida una geometría distinta a la cartografía oficial cuando hay cambios reales.
- RGA — Representación Gráfica Alternativa: la geometría que el Registro inscribe basándose en el IVGA.
Las tres se intercambian en formato GML INSPIRE, que es el lenguaje común entre Catastro y Registro.
Casos donde aplica
La Ley 13/2015 entra en juego en cualquier expediente registral con representación gráfica:
- Compraventas, sucesiones y donaciones (coordinación opcional pero recomendada).
- Segregaciones y agrupaciones de fincas.
- Excesos / defectos de cabida.
- Obra nueva.
- Reanudación del tracto.
- Modificación de linderos compartidos con colindantes.
En todos esos casos, el técnico tiene que generar un GML INSPIRE válido para presentar al Catastro y al Registro.
Consecuencias prácticas
- El topógrafo / ingeniero geomático tiene un papel central: es quien genera el GML INSPIRE y lo defiende ante la SEC.
- El notario debe integrar el GML en la escritura cuando hay coordinación.
- El registrador valida la coordinación al inscribir.
- El Catastro actualiza su cartografía cuando recibe la información del Registro.
Más lectura
- Coordinación Catastro–Registro: el GML como pieza clave — explicación detallada del flujo completo con un caso real de agrupación de parcelas.
Términos relacionados
- GML INSPIREGeography Markup Language — perfil INSPIRE CadastralParcels
Formato XML estándar europeo para intercambiar información de parcelas catastrales. Es el único formato que la SEC acepta para IVG, IVGA y RGA.
- IVGInforme de Validación Gráfica
Documento que emite el Catastro confirmando que tu GML coincide con la cartografía oficial. Se usa cuando declaras al Registro que la finca registral coincide con la parcela catastral.
- IVGAInforme de Validación Gráfica Alternativa
Documento que emite el Catastro cuando aceptas presentar una representación gráfica DISTINTA a la cartografía oficial. Se usa en segregaciones, agrupaciones, declaraciones de exceso/defecto de cabida y obra nueva.
- RGARepresentación Gráfica Alternativa
Geometría georreferenciada que se inscribe en el Registro de la Propiedad cuando difiere de la cartografía catastral oficial. Va siempre respaldada por un IVGA positivo.